“NO TE DEJES LLEVAR POR LA JUNTA”
El gobierno ha manifestado
su intención de recrear las JUNTA NACIONAL DE GRANOS.
Diez razones para decir no a este desatino:
1.- Las juntas fueron sinónimo de corrupción y centro de cooptación de
aquella dirigencia propicia al maridaje con el Estado. Nunca mejoraron los precios
y sí, en cambio, silenciaron a quienes encontraron en el organismo un lugar
donde colocar a hijos, yernos y cuñados. Llegaron a generar 8.000 cargos
rentados sostenidos por exacciones al mismo agro que decían ayudar.
2.- Las juntas fueron un mal producto de una
mala época. Surgieron
con la crisis del 30 en un mundo que había abandonado el patrón oro, el librecambio
y aumentado el proteccionismo y las barreras aduaneras creyendo, como nosotros
seguimos haciéndolo, que se podían solucionar los problemas del
“intervencionismo” de la guerra y la post guerra con más intervencionismo. Los
casos paradigmáticos de esta tendencia anti libre mercado fueron el socialismo
soviético y el nacional socialismo nazi (del que fuimos aliados en su momento).
Lo que se salvó de estos extremos, flirteó con recetas estatistas y dirigistas
de las que no fueron ajenas ni Inglaterra ni EEUU.
EEUU, como dijimos, no escapó a esta tendencia de
nefastas consecuencias. En 1920 comenzó a elevar sus tarifas aduaneras para
proteger su industria perjudicando a la industria europea, lo que resultó, como
no podía ser de otra manera, un boomerang: cayeron sus exportaciones al viejo
continente, afectando especialmente a los agricultores norteamericanos. Es así que en 1924, se dicta la ley
McNaury-Hagen, estableciendo precios mínimos y cuotas para la compra de
cereales en el mercado norteamericano. Un
mal diagnóstico y un pésimo remedio[i]
Las circunstancias en
Argentina no podían ser más propicias para la aparición del engendro de marras.
Los precios de los granos caen en 1930 producto del proteccionismo y la
recesión internacional y se produce en nuestro país el golpe del 30.
3.- En este contexto las “juntas” pusieron
las bases del “robo del siglo” al campo. El General filo fascista Uriburu inicia en
1931 la era de los controles de cambio[ii] horadando el sistema económico y rentístico
alberdiano plasmado en nuestra constitución que había llevado a la Argentina de
ser el país más pobre y despoblado de América Latina una de las siete potencias
del orbe[iii]
El control de cambios contribuyó
a sobrevaluar el peso perjudicando a los exportadores (productores) y
beneficiando a los importadores. En vez de solucionar el problema dejando
flotar libremente la divisa, el Presidente Agustín P. Justo lo profundiza
desdoblando el tipo de cambio en oficial (comprador y vendedor) y libre (decreto
31.130).
Y en compensación del
perjuicio ocasionado a los productores no tiene mejor idea que crear el 28 de noviembre de 1933 por decreto 31.864 la “JUNTA REGULADORA DE
GRANOS”[iv];
un “engañapichanga” cuyos articulado
habla por sí solo. Decía:
Art. 3°: La Junta Reguladora de Granos comprará todo el trigo, lino o
maíz que se le ofrezca a los precios básicos, y lo venderá a los exportadores,
conforme a los precios del mercado internacional, con destino exclusivo a la
exportación.
Art. 4°: La diferencia entre los precios de compra y de venta de dichos
granos, así como los gastos de la Junta Reguladora, se cubrirán con los
recursos del Fondo de Cambios constituido por el margen entre el precio de
compra y de venta de las divisas disponibles y en ningún caso podrá ser mayor
que ese fondo.
En los considerandos del decreto de creación de la Junta se decía:
"Que el margen existente entre el tipo de compra y el tipo de venta de las
divisas extranjeras proviene de asignar a las letras de exportación de nuestros
productos agropecuarios, y por lo tanto al precio de éstos, una cotización
inferior a la que en realidad les corresponde dado su precio mundial
y el valor real de dichas divisas”. ¿Hace falta aclarar la trampa?
4.- Las Juntas fueron parte de un artificio
para expoliar al productor: No se
le asignaba al productor el precio real de la divisa de exportación, sino un
precio menor. Con la diferencia se constituía un “fondo” y con el “fondo” se le
mejoraba el precio al productor. Lo que se le quitaba era, obviamente, mucho
más que lo que se devolvía.
Repetimos: El Estado
compraba las divisas a un precio más bajo que aquel al que las vendía a los
importadores. Este margen pasó a constituir el "Fondo Margen de
Cuentas"." Con este “margen de
cambios” se extraían recursos al campo con la excusa de obtener fondos para la
Junta Reguladora de Granos (“te saco para devolverte”). Lo devuelto jamás
superó el 10% de lo expoliado vía desdoblamiento del tipo de cambio. Esto sin
contar las retenciones[v].
5.- En el período 1930-1987 durante la
vigencia de las Juntas se produjo una traslación de fondos del sector
agropecuario al estado u otros sectores del orden de los u$s 376.400 millones (seis
deudas externas completas a la fecha del fin de las juntas).[vi]
6.- Las Juntas no cumplieron ninguno de sus
objetivos de control y regulación. Todo lo contrario. Crearon y promovieron el mercado negro de divisas; complicaron las importaciones (Los
importadores podían embarcar las mercaderías, pero muchas veces se les negaba
el permiso de cambio o lo recibían después de un largo tiempo) y aumentó la
burocracia y los privilegios (Así lo expresa un testigo de la época “Dos
personas eran quienes decidían a quién otorgar los permisos de cambio. Lo
hacían con buena voluntad, movidos por lo que ellos consideraban el bien del
país. Mas lo hacían a ojo de buen cubero, sin estadísticas; lo hacían diciendo
sencillamente desde su escritorio: este comerciante que trae hilo es buena
firma y se le da tanto; este otro comerciante que también trae hilo, no es buena
firma, y se le da menos)."[vii]
7.- Los ejemplos habitualmente citados de las
Juntas de Australia y Canadá no tienen validez. Son países sin retenciones, sin cierres de
exportaciones, sin desdoblamiento del tipo de cambio. Este es el punto. Pensar
en una JUNTA en medio de la maraña regulatoria y confiscatoria argentina no es
sino contribuir a confundir el diagnóstico y licuar las responsabilidades. Por
otro lado, eliminadas las retenciones, los cierres de exportaciones y el
desdoblamiento del tipo de cambio ¿para que queremos juntas? Sería como volver
a invocar al genio maléfico del que nos hemos librado. Vale aclarar que la
Junta Australiana (AWB) ha sido privatizada y perdió el monopolio de la
exportación en 1998 en medio de denuncias de corrupción y la Junta Canadiense (CWB)
opera en sólo una parte del Canadá, uno de los países más transparentes y
respetuosos de la propiedad privada del mundo, sin retenciones, sin cierres de
exportación, sin desdoblamiento cambiario.
8.- La Junta de Granos fue un mal ejemplo que
se multiplicó generando una gran cantidad de organismos reguladores, puestos y
cargos públicos que instauraron una nomenklatura parasitaria cuya descendencia
y funestas consecuencias llegan a nuestros días. Entre otros entes afines a las Juntas se
crearon: la Comisión Nacional de Azúcar (11-5-28); la Comisión Nacional de Fibras Textiles (14-1-31);
la Comisión Nacional de Fomento Industrial (15-1-31); la Comisión Nacional de Patatas (8-7-31); la Comisión
Nacional de Extracto de Quebracho (15-7-33); la Dirección Nacional de
Elevadores de Granos (7-10-33); la Junta Nacional de Carnes (7-10-33); la Junta Nacional de Yerba Mate (8-11-33); la
Junta Reguladora de Granos (28-11-33); la Junta Reguladora de la
Industria Lechera (12-4-34); la Comisión
Nacional del Aceite (5-6-34); la Comisión de Productos Alimenticios Nacionales (30-6-34);
la Junta para Promover Exportaciones de Carne (27-7-34); la Comisión Nacional
de la Industria Vitivinícola (11-8-34); la Junta Nacional para Combatir la
Desocupación (21-8.34); la Junta Reguladora de Vinos (24-12-34); la Comisión de Harinas (13-4-35); la Comisión Nacional de
Algodón (27-4-35); la Comisión Nacional
de Granos y Elevadores (5-10-35); Comisión de Fruticultura (12-12-35); Comisión
de Préstamos de Semillas (22-2-36); la comisión
de Petróleo y demás Hidrocarburos (8-5-36);
la Comisión Consultiva Nacional de Bosques
(3-6-36); la comisión Nacional de Coordinación de Transportes (5-1-37); la Comisión Nacional del Carbón Vegetal (12-6-37); la Junta Consultiva de la
Industria Molinera (14-5-38); el Comité
Asesor de Lanas (24-5-38); la Comisión
de Control de Abastecimiento (8-9-39); el
Consejo Agrario Nacional (21-8-40)[viii]
9.- Las juntas son el símbolo del mal que
aqueja al país: el temor al libre mercado, la competencia y la propiedad
privada[ix].
10.- Las juntas son
anticonstitucionales. Una “superstición
estatista”.
Gabriel Vénica
Gvenica@uade.edu.ar
[i] Para compensar los desastres
producidos por la política arancelaria proteccionistas y alentar las
exportaciones de productos norteamericanos la Reserva Federal de los Estados
Unidos impulsó una política de expansión del crédito. Parte de la liquidez
producida se canalizó hacia créditos a corredores de bolsa (Brokers Loans) .
Esta seria la causa fundamental del gran auge de Wall Street y de su
derrumbe. Habría que agregar el
excesivo gasto en que incurrió el Estado generó un gran déficit de presupuesto
que intentó corregir la nueva ley de réditos, que aumentó los impuestos en una
forma nunca vista en tiempos de paz: pasó del 25% al 63%. Ellos aprendieron de
sus errores
[ii]
Desde la década del 30 múltiples métodos han sido utilizados para ejercer el
control de cambios; desde el tipo de cambio fijo de principios del'30, pasando
por sistemas de crawling peg, devaluaciones mensuales, "tablitas",
tipo de cambio libre con flotación sucia, etcétera. La sobrevaluación o
devaluación de la unidad monetaria argentina -peso, peso ley, peso argentino o
austral vigente fue la única constante a lo largo de estos últimos sesenta años
de políticas cambiarias. La moneda argentina no pudo así encontrar su valor
real salvo escasas excepciones, y por muy poco tiempo. Estas fluctuaciones
intentaron ser compensadas a través de aranceles, permisos y cupos de
importación o exportación, créditos, prefinanciación de exportaciones,
etcétera, que distorsionaron los mercados creando un clima de incertidumbre en
los sectores de la producción.
[iii] Entre las medidas que llevaron adelante la
destrucción del sistema económico constitucional alberdiano que tan buenos
resultados nos había dado, vale la pena recordar, además del control de cambios
y la creación de las Juntas de granos; el inconstitucional impuesto a los
réditos aceptado promulgado por tres años y la ley de coparticipación que
destruyó el sistema federal transformando a las Provincias en dependientes de
la Nacion. Podríamos agregar la creación del BCRA para preservar el valor de la
moneda (hasta ese momento nunca habíamos tenido inflación).
[iv] En el año 1946 la Junta Reguladora
de Granos se convierte en el I.A.P.I., hasta 1956 en que es disuelto. En 1963
se crea por el decreto-ley 6698 la Junta Nacional de Granos.
[v]
Del total del margen obtenido por la compra y venta de divisas por parte del
Estado se destinó para subsidiar al agro a través de la Junta Reguladora de
Granos: en 1933 el 1,18 %; en 1934 se destinó el 7,74%; en 1935 el 1,17; en
1936 el 2,99%. Los subsidios a la actividad agropecuaria fueron también
canalizados a través de otros organismos distintos de la Junta Reguladora de
Granos, tales como: La Junta reguladora de la Industria Lechera, la Comisión
Nacional de Algodón y la Junta para Promover Exportaciones de Carne. La suma de
los subsidios otorgados por estas últimas, más la Junta Reguladora de Granos,
representan en el período 1934-1936 el
5,43 del total del margen. Como decíamos lo devuelto al campo nunca llegó al
10% de lo previamente confiscado. Fuente: Memorias del Ministerio de
Agricultura.
[vi]
Fuente: Mensaje para la Dirigencia Argentina. Instituto de Estudios Económicos,
SRA, diciembre de 1988.
[vii]Fuente:
Pinedo "El plan de acción económica”, p. 27. (10)
[viii] FUENTE: Alejandra Bunge, Una Nueva
Argentina, Ed. G. Kraft Ltda., Buenas Aires. 1940, pp. 271-273.
[ix]
El control de cambios de
aquellos días (cualquier parecido…): Al abandonar Inglaterra la libre
convertibilidad de la libra se producen en el mercado de divisas grandes
oscilaciones debidas al impacto de esta medida. Es entonces que el gobierno (URIBURU)
dicta los decretos del 10-10-31, del 22-1031 y 25-1-32, por los que:
a) Se
prohibían las compras y las ventas de cambio a toda institución que no fuera un
banco de la Capital autorizado por la Comisión de Control de Cambios.
b) Las
transacciones se efectuarían al tipo de cambio oficial fijado por la
Comisión.
c) Los
exportadores liquidarían sus divisas en los bancos autorizados, sin lo cual no
se permitían sus embarques.
d) Se prohibía
la adquisición de saldos libres por parte de extranjeros. Los depósitos en
pesos de personas jurídicas o físicas residentes en el exterior sólo podrían
ser utilizados después de haberse agotado los saldos existentes. A través de
estas medidas se intentaba evitar la salida de capitales.
e) Se creó
la Comisión de Control de Cambios, presidida por el Ministro de Hacienda.
f) Los
exportadores debían llevar libros especiales destinados a registrar la venta de
artículos, y por otro lado las ventas de cambio. Debían remitir este libro a la
Comisión cada semana.
g) Los
bancos autorizados debían enviar diariamente su posición de cambio y un detalle
de todas las operaciones de compraventa de divisas o billetes a la Comisión,
que comunicaba a los bancos la moneda base y su tipo de cambio en relación con
la moneda nacional.
h) Como el
peso se mantuvo sobrevaluado, la demanda de divisas fue constante, por lo que
se estableció un régimen de prioridades:
1° Necesidades públicas. 2°
Combustibles, materias primas y artículos indispensables. 3° Transferencias de inmigrantes y
necesidades para turistas. 4° Mercaderías no imprescindibles. 5° Cancelación o amortización de deudas anteriores.
i) Para las
importaciones debía solicitarse permiso de cambio a la Comisión para la compra
de divisas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario